¿Mejoró o empeoró la política con la Constitución del 91?

Con motivo que la Carta Fundamental de 1991 está de cumpleaños por estos días, se están haciendo evaluaciones sobre su impacto en la vida colombiana en los 30 años que lleva de promulgada y de la expresión muy optimista del presidente de la época César Gaviria Trujillo de ¡Bienvenidos al futuro!

Pero en el caso de nuestro portal Panoramapolitico.co nos propusimos realizar un arqueo o balance para establecer si la actividad política en Colombia mejoró, es igual o empeoró en estas tres décadas con base en las disposiciones emanadas de ese orden constitucional.

Para ello invitamos a una persona o mejor a un político que vivió y sigue muy de cerca todos los efectos de la Constitución en la política, solo en la política para mayor precisión.

Armando Estrada Villa fue un activo dirigente político liberal que fue congresista y ministro del Interior o de la cartera netamente política.

Es abogado de Unaula, posee una especialización en Hermenéutica Literaria de la Universidad Eafit, un Magíster en Estudios Políticos de la Universidad Pontificia Bolivariana y un Doctorado en Filosofía de la misma universidad.

Cansado por estos días que la gente solo hable de fútbol, en medio de la pandemia, aceptó la invitación para analizar que ha pasado con la política colombiana tras los 30 años de la Constitución.   

Y hay pro y contras a pesar que la Carta del 91 se vendió con el argumento de que se iba a acabar con el clientelismo, que iba a mejorar la política y que se iban a acabar muchos de los vicios con los que se ejercía hace 30 años.

En su concepto hay aspectos muy negativos que demuestran que la política no mejoró por el descredito en todas las encuestas del Congreso de la República, de los partidos políticos o que inclusive es hoy mucho mayor que lo que era antes de la Constitución del 91.

Pero también tiene detalles positivos porque hay aspectos que ampliaron la democracia, aunque hay otros, pese a las buenas intenciones, que no dieron ningún fruto y hoy se puede decir que estamos igual o peor a como estábamos en 1991.

Con Estrada Villa hicimos un recorrido por estos 30 años e inspeccionamos varios tópicos aprobados por la Constitución y que valen la pena resaltar desde el punto de vista estrictamente político:

la no reelección presidencial: Sin embargo, esa norma se modificó y posteriormente se permitió la reelección de los presidentes Uribe y Santos. Y fue tal el fracaso de la reelección que posteriormente el Congreso volvió a prohibirla de una manera más rotunda hasta el punto de que para poder implementarla nuevamente se requiere de la vía del referendo convocando a los colombianos.

– Se ratificó la elección popular de alcaldes y se aprobó la de gobernadores: A partir de la nueva Carta Fundamental se dio vía libre a la elección de los gobernadores de los departamentos y se confirmó la de los alcaldes municipales, que ya se había contemplado desde 1988 en una reforma constitucional durante el gobierno de Virgilio Barco.

Esta descentralización política tiene aspectos enormemente positivos porque los gobernadores y los alcaldes son elegidos con un programa de gobierno, que tienen la obligación de ejecutar. Eso ha hecho que, en materia de educación, en salud y otros frentes, haya un progreso verdaderamente destacable.

El aspecto negativo ha sido la corrupción. Antes a un alcalde o gobernador lo acusaban de corrupto y era posible cambiarlo, pero ahora no es tan fácil porque la figura de la revocatoria del mandato no ha podido tener aplicación, porque de las 200 que se han propuesto, solo la del alcalde de Tasco, Boyacá, dio resultado.

Separación del calendario electoral: Antes se votaba en una misma fecha y en una misma elección por todo, por presidente, por alcalde, por concejo, por gobernador.

Lo que hizo la Constitución fue separar esas elecciones porque las dinámicas políticas en cada una son distintas y los intereses de los colombianos frente a cada uno de esos comicios pueden ser distintos.

Varias veces han propuesto volver a unificarlas, pero es más conveniente mantenerlas separadas.

Circunscripción nacional para Senado: Antes se elegían por circunscripciones departamentales tanto el Senado como la Cámara.

Con la Carta del 91 la circunscripción nacional solo rige para el Senado y las departamentales para la Cámara.

Para Estrada Villa es positiva la circunscripción nacional y puso el caso de Regina 11, pues pese a toda la votación que sacaba, no habría salido senadora si la circunscripción fuera departamental, en cambio en el ámbito nacional sumó votos de una parte y otra y eso hizo que llegara al Senado.

Con lo anterior quiso señalar que la circunscripción nacional beneficia a las minorías, pues pueden tomar votos de diferentes departamentos.

La tarjeta electoral: Antes de 1991 se votaba con papeletas que venían en sobres, que repartían o manipulaban los directorios políticos, pero después de la nueva Constitución es el Estado a través de la Organización Electoral la que lleva los votos a todos los rincones del país, lo que es positivo para una franca competencia electoral.

Como anécdota relató que en Bello un señor se quejaba que no podía votar por las listas galanistas en los años 80 porque no habían llegado las papeletas de ellos. Y en Caicedo solo se votó una vez por las listas liberales oficialistas, pues las otras papeletas nunca llegaron por culpa de un derrumbe.

Partidos: En 1991 en Colombia había 22 partidos políticos, con obvia predominancia de los Partidos Liberal y Conservador sobre todos los demás.

Entonces, se creyó que había que romper el bipartidismo y dar la posibilidad que surgieran otras fuerzas.

Y se hizo algo que rápidamente se modificó porque resultó siendo un absurdo que con 50.000 votos se podía obtener la personería jurídica y empezar a funcionar como partido.

Eso dio lugar a que en 1998 hubiera en Colombia 80 partidos, lo que ya no era un multipartismo que era lo que se buscaba, sino un caos partidista inmanejable y muy inconveniente desde el punto de vista democrático.

Eso se corrigió y ya no es por firmas, sino por los votos que se saquen en las elecciones nacionales de Senado y de Cámara, y se demuestre un respaldo electoral y no por firmas que no se le niegan a nadie.

Varias listas por partidos políticos: Se autorizó que cada partido podía presentar el número de listas que quisiera, cuando antes del 91 eran listas únicas como ocurre en la actualidad.

Eso dio lugar a que el Partido Liberal en 1998 presentará 149 listas al Senado y el Partido Conservador 35 planchas y al final para elegir 100 senadores se presentaron 191 listas en total.

Eso fue otro aspecto de la Constitución que enredó y personalizó la política y en vez de fortalecer los partidos los debilitó.

Esto fue corregido y hoy imperan las listas únicas de partidos políticos.

El umbral: Antes del 91 no existencia el umbral, que significa que quien saque determinado número de votos entra en el reparto de las curules para las corporaciones políticas.

Eso tiene el problema que listas que no crucen el umbral tienen un valor electoral muy alto de 1.5 hasta 2 millones de votos, gran número de votos que no tiene ninguna participación en el poder, lo que pude significar un enorme desperdicio, que muchos votos se pierdan, pero el umbral no es una mala práctica en sí.

Curules a los indígenas, negritudes y colombianos en el exterior: Indígenas y negritudes en Cámara y en Senado, y colombianos en el exterior solo en Cámara.

Eso es positivo porque le da en el caso de los nativos y los afrodescendientes, que son minorías, representación política, y en el caso de los colombianos en el exterior porque siguen siendo colombianos y no está mal que ellos con otra visión, conociendo otros países y otros mundos puedan intervenir en la política colombiana porque mantienen su nacionalidad.

El voto secreto: antes no era secreto porque era en papeleta, y ahora el voto es libre, individual, es universal, pero es secreto según la Constitución del 91. Esto da garantías al ciudadano, porque antes se corrían muchos riesgos al votar en un pueblo con la papeleta.

El clientelismo: La Constitución prohibió el clientelismo en sus dos vertientes, la de los auxilios y la de la nómina o los nombramientos.

Lo de los auxilios en muy simpático porque antes de la Carta del 91, cuando existían absolutamente, todos los congresistas recibían igual partida.

Hasta 1989 los congresistas de Antioquia de cualquier color recibían 29 millones de pesos, pero los auxilios de ahora no solo se fortalecieron, sino que son discriminatorios con las llamadas partidas de auxilios regional, los cupos indicativos, que son únicamente para los amigos del Gobierno, no le dan a la oposición.

Desde el punto de vista de la nómina también resultó un fracaso, aunque se aprobó una ley que obliga a los concursos, pero ya se inventaron las nóminas paralelas y los contratos de prestación de servicios.

Las dietas: Antes de la Constituyente del 91 los congresistas ganaban 900.000 pesos, pero los constituyentes recibían 4 millones 500.000 pesos mensuales durante los seis meses que trabajaron.

Terminó la Constituyente, se aprobó la nueva Carta Política, entonces los congresistas reclamaron esa misma remuneración para ellos, lo que se logró mediante un decreto que expidió el presidente César Gaviria.

Revocatorias del mandato: Significa que alcalde o gobernador que no esté cumpliendo su plan de desarrollo puede ser revocado, pero no ha habido un gobernador revocado en estos 30 años y solo un alcalde, en vista que este mecanismo está planteado en forma tal que un alcalde al que vayan a revocar no sale a pedir votos por el SI, sino a pedirle a la gente que se abstenga, por lo cual el voto de abstención tiene un gran valor. Por eso las revocatorias son tan difíciles de llevar a cabo.

La oposición: Una de las cosas que hay que agradecerle al proceso de paz entre Santos y las Farc, es que exigía la aprobación de la ley que reglamentara el Estatuto de la Oposición, el cual, pese a la demora para hacerse realidad, ya está vigente y lo que también implica la posibilidad de la réplica.

La Constitución le dio a la oposición fuerza, le dio categoría y le dio a la oposición la capacidad de desarrollar una mejor tarea.

Los mecanismos de participación: Antes de la década del 90 los colombianos sólo tenían el derecho al voto, pero con la Constitución del 91 se habla de las consultas populares, de la revocatoria del mandato, del plebiscito, del referendo, del cabildo abierto.

Esto hace que nuestra democracia no sea solo representativa, como era antes cuando se votaba solo para elegir a sus representantes, sino que ahora hay aspectos en los cuales los ciudadanos toman directamente las decisiones, como en un referendo, en lo cual los ciudadanos son protagonistas centrales. Y no simplemente personas que delegan.

Los mecanismos de participación ampliaron la Constitución colombiana y le dieron más poder al ciudadano, al electorado porque puede perfectamente tomar decisiones que antes no podía tomar, sino de manera exclusiva el delegatario, ya se el Congreso, la Asamblea Departamental o el Concejo Municipal.

Los residuos: La Constitución del 91 no se ocupó de corregir la falla que existía cuando un candidato lograba salir elegido por residuo o por lo que se llamó la operación avispa igual y con los mismos derechos a los aspirantes que alcanzaban cuocientes.

Los departamentos: otro de los grandes aciertos del nuevo ordenamiento constitucional que rige en Colombia, fue convertir a las intendencias y comisarías en departamentos, con lo cual se puso fin a la discriminación que existía con esa otra Colombia o los llamados territorios nacionales, caso San Andrés o Amazonas toda una reserva ambiental de la humanidad.

– Financiación de campañas y partidos políticos: Esto se hizo para evitar la intromisión de dineros ilegales en la actividad política.

Topes electorales: Lo que es un rey de burlas, pues en Colombia se violan permanentemente con las cuentas amañadas que se presentan al CNE, entidad que no tiene dientes para comprobar o confrontar si esa información es falsa o no.

Financiación de directorios políticos: Estos eran financiados con los aportes de las nóminas de los funcionarios públicos.

La Constitución prohibió que los servidores públicos hicieran aportes a los partidos políticos y siguieran sosteniéndose con financiación estatal aquellos que tuvieran personería jurídica.

Los espacios en televisión: No existían antes de la Carta del 91 y después de su promulgación cada partido, de acuerdo con los votos que saque, le otorgan un espacio en la TV.

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