Ni el Gobernador ha ganado, ni Luis Pérez ha perdido

La batalla, ya no electoral, sino jurídica, por la Gobernación de Antioquia entre su actual titular Andrés Julián Rendón Cardona y excandidato Luis Pérez Gutiérrez no solo se libra en los estrados judiciales administrativista del Consejo de Estado, sino también en la esfera penal y por los mismos hechos sobre una posible violencia sicológica que llevó a un engaño generalizado al elector antioqueño en los comicios de octubre de 2023.

El proceso de nulidad electoral va volando en el Consejo de Estado y lo único cierto, contrario a abogados especulativos, es que ni el Gobernador ha ganado, ni Luis Pérez ha perdido porque la única determinación que se adoptó es la de sentencia anticipada porque ya existe suficiente material probatorio para decidir.

Y en el caso del proceso penal estamos a la espera que reviente este asunto por los lados de esa jurisdicción judicial.

Para entender lo que sucedió en los últimos días con el proceso de nulidad electoral, le pedimos al abogado y experto electoral Guillermo Mejía Mejía que estudiara este pleito de Pérez contra Rendón y nos explicó así los pormenores de este litigio que origina enorme expectativa política en Antioquia porque podría haber nuevas elecciones.

Según Mejía Mejía la demanda de nulidad contra la elección del gobernador de Antioquia corre a pasos agigantados.

Explicó que, por auto del 28 de mayo de 2.024, la Sección Quinta del Consejo de Estado, decidió que en este proceso se dictará sentencia anticipada en los términos de una disposición legal agregada al Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -CPACA, artículo 182A, que permite esta figura cuando las pruebas son todas documentales.

La decisión del alto tribunal textualmente dice:

“OCTAVO: Ejecutoriado este auto y vencido el término para alegar de conclusión, el expediente deberá ingresar al despacho para dictar sentencia anticipada en los términos del artículo 182A del CPACA”.

Según Mejía una vez allegadas unas pruebas documentales que pidió el Consejo de Estado al Consejo Nacional Electoral, se dará traslado a las partes para alegar de conclusión durante un término de 10 días hábiles y, ahí sí, el expediente pasa al despacho del magistrado para dictar sentencia.

“En el auto se aceptan como prueba los 79 links aportados en la demanda y sobre estos y los aportados por el demandado decidirá el Consejo de Estado.

“Los abogados del gobernador, alegre e irresponsablemente, sentencian que ya el mandatario ganó la demanda y que Luis Pérez la perdió, pues afirman que la corporación judicial desestimó las pruebas aportadas por el demandante. Nada más falso. El texto de la decisión del Consejo de Estado es el siguiente:

“106. En la demanda solicitó se tuviera como prueba documental setenta y nueve (79) links que trajo a su escrito inicial, contentivos de notas de prensa, así como manifestaciones en redes sociales de distintos usuarios, e incluso que atribuyó al hoy demandado.

  1. Al respecto, el despacho decretará dichas pruebas porque fueron aportadas dentro de las oportunidades del artículo 212 del CPACA, les reconocerá el valor que la ley les asigna de acuerdo con los artículos 245, 246 y 24741 del CGP, ordenará su incorporación al expediente y el traslado a las partes en los términos del artículo 110 del CGP“.

Para Guillermo Mejía esos links, que son contundentes, son los que los acuciosos abogados del gobernador deben controvertir y manifestar que son falsos o inofensivos y que no tienen la capacidad de torcer la voluntad del elector.

Consideró que no cree que al paso que va este proceso, llegue a diciembre de este año para conocer la decisión del alto tribunal de lo contencioso.

“Si a Rendón le va bien, podrá terminar su período, pero si la sentencia es, al contrario, se deberá citar a elecciones para escoger nuevo gobernador de Antioquia. A comprar pastillas para el sueño.

 

Ojo, también denuncia penal

Lo que no puede olvidar el elector antioqueño es que también el Gobernador enfrenta una denuncia penal por las mismas causales del proceso electoral, ya que algunos delitos electorales como el engaño al elector fueron elevados a la esfera penal.

En tal sentido, el abogado Mejía recordó que el 5 de diciembre del año pasado, el abogado Rómel Aguirre Holguín, presentó ante la Fiscalía General de la Nación denuncia contra Andrés Julián Rendón y otros por el delito de “Fraude al Sufragante”, infracción penal que hace parte del grupo de delitos contra los mecanismos de participación democrática y que se encuentra en el artículo 388 y siguientes del Código Penal.

Como en la campaña para la Gobernación de Antioquia hubo varios actores en la organización de Rendón, la denuncia también la hace el abogado por los delitos de concierto para delinquir-artículo 340- y hostigamiento-artículo 134B.

En la introducción de la denuncia, el abogado resume prácticamente todo lo que después concreta con el aporte de videos, fotos, afiches, entrevistas y demás medios que utilizó maliciosamente y con saña la campaña de Rendón contra el otro candidato Luis Pérez Gutiérrez.

“Pero antes de ello, consideramos necesario una introducción con el fin de que la justicia penal, comenzando por la Fiscalía General de la Nación, comprenda la relevancia y la procedibilidad de que se activen las conductas penales de engaño al elector principalmente y acciones conexas, se investiguen y se sancionen ejemplarmente estas conductas, así:

La “virtualidad”, el “metaverso” o “mundo virtual” es una REALIDAD, es decir, lo que existe en ese espacio intangible impacta de manera positiva o negativa en el mundo de lo tangible, en nuestros sentimientos, emociones y sobre todo, en nuestras decisiones que se traducen normalmente en hacer algo o “dejar de hacer algo”.

La posibilidad de masificación de la información de una idea a través de las redes del mundo virtual es instantánea, corresponde al interesado hacer que el contenido de lo que va a comunicar sea convincente e impactante para que se masifique, replique y multiplique en instantes, y eso lo saben tanto los profesionales de la comunicación que trabajan con ética, pero también lo saben quiénes se organizan o se determinan para: delinquir, matonear y para matar virtualmente a una persona y a sus ideales”.

Y eso que también hay un tercer proceso contra Rendón y esta vez a cargo de un fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia por las denuncias de la Veeduría en Defensa de lo Público en Rionegro, a raíz de la construcción por mas de mil millones de unos CAI que no prestan servicio, aunque ahora intentan también engañar con que sí funcionan, lo que es pura carreta y mentira.

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